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Aprobado el Estatuto de la Víctima vetando a la AVT y sin tener en cuenta nuestras aportaciones al texto legal

COMUNICADO - 18-12-2014

Aprobado el Estatuto de la Víctima vetando a la AVT y sin tener en cuenta nuestras aportaciones al texto legal

La AVT presentó hace más de un año sus aportaciones a la Ley, para evitar las contradicciones que contemplaba el texto legal aprobado en 2011, además de graves vulneraciones y omisiones que atentaban contra los derechos de las víctimas y dañaban su dignidad.

La AVT, en relación al Estatuto de la Víctima aprobado en el día de ayer manifiesta:

1. Lamentamos que la tramitación de esta Ley, de tanta importancia y trascendencia, no haya sido avocada al pleno del Congreso de los Diputados –como así solicitaron la mayoría de los grupos parlamentarios y que fue vetado por el grupo popular- con la publicidad y solemnidad que ello supondría y se haya limitado a una tramitación en comisión casi de tapadillo y como si de esconderlo se tratara. Negándonos incluso la presencia de las víctimas del terrorismo en el día de ayer, no siendo invitadas como sí se hizo con los representantes de otros colectivos de víctimas que sí que estuvieron presentes.

Desde la AVT venimos trabajando desde hace años para que el Estatuto de la víctima supusiera un auténtico catálogo de derechos procesales y extraprocesales para las víctimas, en nuestro caso para las víctimas del terrorismo en concreto, haciendo nuestras aportaciones y alegaciones a los textos que se han ido presentando, de ahí que lamentemos profundamente que se nos haya excluido de la presentación del texto resultante.

2. Lamentamos que no hayan sido incluidas ninguna de las propuestas realizadas por la Asociación de Víctimas del terrorismo. Desde los inicios de su tramitación desde la AVT reclamábamos:

a) Que se reconociera la especificidad de las víctimas del terrorismo frente a otro tipo de víctimas. Las víctimas del terrorismo son víctimas de violaciones graves de derechos humanos de ahí que la respuesta y reparación a este tipo de víctimas no pueda ser extrapolable a otro tipo de víctimas que nada tienen que ver con el terrorismo.

b) Que se reconociera la capacidad de las víctimas a intervenir en el trámite de cumplimiento de las condenas; pudiendo informar, y en su caso recurrir, sobre las solicitudes presentadas por los presos terroristas en relación a permisos penitenciarios, progresión de grado, concesión de libertad condicional, y todas aquellas vicisitudes penitenciarias que supongan acortamiento de la estancia en prisión de los penados, sin ningún tipo de limitación.

3. A este respecto, el reconocimiento propuesto en el Proyecto de Ley nos parecía insuficiente ya que se limitaba a la intervención en los casos de concesión del tercer grado (antes del cumplimiento de la mitad de la condena por parte del penado) y al levantamiento del periodo de seguridad a la hora de la concesión de permisos, tercer grado o libertad condicional. Ambos aspectos vacíos de contenido para el caso de los penados por motivos de terrorismo, de ahí nuestra insistencia en que se reconozca la capacidad de intervención de la víctima sin ningún tipo de limitación (como así volveremos a proponer en el trámite de enmiendas que se inicie ahora en el Senado).

4. Nos alegramos de que en el último momento, y gracias a la intervención de la Asociación de Víctimas del Terrorismo, se haya conseguido corregir la enmienda aceptada para que la escasa intervención de la víctima que se reconocía en el texto inicial se hiciera a través del Ministerio Fiscal.


Desde la AVT seguiremos trabajando para no desaprovechar la oportunidad de tener un auténtico Estatuto de la Víctima en el que se reconozca de manera eficaz los derechos, tanto procesales como extraprocesales, de las víctimas del terrorismo.