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La AVT ha pedido la nulidad de las excarcelaciones de diez etarras liberados por la derogación de la Doctrina Parot

COMUNICADO - 09-12-2013

La AVT ha pedido la nulidad de las excarcelaciones de diez etarras liberados por la derogación de la Doctrina Parot

La Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) ha presentado recursos pidiendo la nulidad de los autos que acuerdan la excarcelación de diez etarras liberados tras la derogación de la Doctrina Parot por el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos de Estrasburgo. Se señala a la Audiencia Nacional que no se nos ha dado traslado en los casos que estamos personados como acusación popular para poder formular alegaciones a la solicitud de excarcelación que habían solicitado.

Concretamente hablamos de los siguientes terroristas de ETA: Iñigo Acaiturri, José Manuel Fernández Pérez de Nanclares, Ignacio Recarte Ibarra, José Gabriel Zabala Erasun, Josefa Uzkudun, Bautista Barrandalla Iriarte, Javier Martínez Izaguirre, Miren Gotzone López de Luzuriaga Fernández, Ignacio Fernández de Larrinoa e Ignacio Erro Zazu.

Hasta este momento siempre se nos había dado traslado en las ejecutorias para informar de cualquier solicitud que hacía el penado. De hecho, la AVT ha estado personada en los diferentes recursos de casación y amparo que interpusieron los etarras contra la aplicación de la Doctrina Parot, de lo que se deduce nuestra legitimación para formular alegaciones respecto a las peticiones realizadas por los presos.

Por lo tanto, no entendemos que si hasta ahora hemos podido hacer alegaciones en los recursos que han interpuesto contra la aplicación de la Doctrina Parot, ahora, tras la decisión de Estrasburgo, no nos den la oportunidad de alegar, precisamente cuando lo que solicitan es que no se les aplique la doctrina en base a la sentencia de Estrasburgo.

Además, el Tribunal Supremo, en el acuerdo de Sala de fecha 12 de noviembre de 2013, establece que las decisiones que tome la Audiencia Nacional tendrían que ser adoptadas OYENDO A LAS PARTES. Por tanto, la AVT, como parte personada, debió ser escuchada.

Es muy significativo que, en otros casos similares pero relacionados con penados por delitos diferentes a los del terrorismo (véase el caso del asesino de las niñas de Alcàsser), el Tribunal correspondiente SÍ dio traslado a todas las partes para que pudieran pronunciarse.